Diciembre 22, 2024

En seis meses 26.366 vehículos turísticos ingresaron y salieron legalmente por la frontera de Bermejo

“De acuerdo al Sistema de Aduana tenemos en total 26.366 registros en la frontera Bermejo, de los cuales, 23.698 son de ingreso a Bolivia y 2.668 de salida hacia Argentina. Tenemos que considerar que en un mes promedio se alcanza 3.500 registros, pero esta cifra se incrementa en fechas festivas”, informó el Administrador de la Aduana Frontera Bermejo, Ronald Zelada. 

Indicó que los vehículos ingresaron a territorio nacional con llenado del formulario 250 y cumpliendo el Sivetur (Sistema de Vehículos Turistas), otorgado en el marco del artículo 133 de la Ley General de Aduanas. 

Este sistema establece el plazo máximo de permanencia para los vehículos de turismo, que es igual a lo establecido en la visa de turismo o visita otorgada por la autoridad migratoria. En este formulario se registran las características del motorizado y se especifican plazos de permanencia, teniendo como máximo 90 días de estadía.

Si el turista excede el tiempo de permiso establecido en el formulario, la administración Aduanera le otorgará un plazo excepcional de 20 días calendario para abandonar el territorio aduanero nacional, previo pago de la contravención de 2.500 UFV (Unidad de Fomento a la Vivienda), si sobrepasa este tiempo se procederá al comiso del vehículo.  

Requisitos para el ingreso 

1.- Turistas extranjeros, pasaporte con visa de turista, u otro documento otorgado por la Dirección General de Migración (Digemig).

2.- Turistas bolivianos que residen en el extranjero, el documento de residencia, emitido por la entidad competente en el país de residencia.

3.- Para bolivianos o extranjeros que residen en territorio aduanero boliviano la Cédula de Identidad o pasaporte.

4.- Documento de propiedad del vehículo.

5.- Para vehículos con placa nacional, el certificado de Registro de Propiedad o documento equivalente, por el cual se establezca la propiedad del vehículo.

6.- Los conductores extranjeros o bolivianos de vehículos de uso privado que no son propietarios de los mismos, deben presentar:

Vehículos con placa extranjera. - El documento emitido por el Consulado de Bolivia en el país de origen o procedencia del vehículo.

Para conductores autorizados cuyo vehículo tenga placa/patente de la República Argentina, será válida la presentación de la Tarjeta Azul o el documento de autorización expresa del propietario del vehículo turístico al conductor autorizado; no siendo requisito la presentación del documento de autorización emitido por el Consulado de Bolivia en el país de origen o procedencia.

Vehículos con placa nacional. - Para el conductor que sea un autorizado, la autorización expresa del propietario del vehículo turístico al turista no ante Notario de Fe Pública, según el reporte de la Aduana.