Octubre 18, 2024

El TSE aclara que ninguna empresa nacional o internacional realiza el empadronamiento electoral masivo

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) desmiente de manera categórica la falsa afirmación sobre la supuesta contratación de una empresa extranjera para llevar a cabo el empadronamiento electoral masivo en el país, versión que fue difundida públicamente el miércoles 21 de agosto sin ninguna prueba ni fundamento técnico.
Es importante aclarar que tanto el empadronamiento masivo como el empadronamiento permanente son ejecutados por el personal del Servicio de Registro Cívico (Serecí), dependiente del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

A la fecha, no se ha contratado ni se tiene previsto contratar a ninguna empresa, sea nacional o extranjera, para realizar el servicio de empadronamiento de los ciudadanos habilitados. La normativa legal vigente establece que este registro, que garantiza los derechos políticos de los ciudadanos, es una competencia del Servicio de Registro Cívico (Serecí).

La normativa también define dos tipos de empadronamientos: el empadronamiento permanente, que se realiza diariamente en las oficinas del Servicio de Registro Cívico (Serecí), y el empadronamiento masivo, que se lleva a cabo en un periodo específico dentro de un proceso electoral, con la instalación de puntos de empadronamiento en todo el país.

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¿Quiénes deben empadronarse?

    • Las personas que cumplan 18 años hasta el 1 de diciembre, fecha en que se realizará las elecciones judiciales
    • Las personas que hayan cambiado de domicilio.
    • Las personas que hayan modificado algún dato de identidad.

¿Qué requisitos se necesita?

Cédula de identidad, original y vigente.


¿Se otorga alguna certificación del empadronamiento?

Sí, luego de que una persona se empadrona recibe el formulario de empadronamiento.

Este documento es la constancia que tiene la persona de que ha sido empadronada.

Fuente TSE